INFORMACIÓN IMPORTANTE
El pasaporte es un documento de viaje y de reconocimiento que puede ser emitido a los ciudadanos italianos inscritos en el A.I.R.E. de la Oficina Consular de la Embajada de Italia en Quito. ¿Qué es el A.I.R.E.?
Los ciudadanos italianos no residentes en esta jurisdicción consular pueden pedir la expedición del pasaporte por motivos excepcionales debidamente motivados y documentados (principalmente en casos de robo o extravío del documento). En este caso el tiempo para la expedición puede resultar más largo, dado que es necesario adquirir la autorización de la Oficina competente por residencia (“Questura” italiana u otra Oficina Consular).
El ciudadano italiano que solicita pasaporte, si reside en el Ecuador por un período superior a un año (12 meses), está obligado a registrarse en el A.I.R.E. (Registro de los Italianos Residentes en el Extranjero) y mantener actualizada su dirección de residencia. La inscripción en el A.I.R.E. y la actualización de su dirección de residencia deberá realizarse a través del portal Fast It, sin necesidad de acudir a la Oficina Consular. El trámite de registro en A.I.R.E. y/o actualización de datos A.I.R.E. no podrá realizarse en la ventanilla durante la cita para la expedición o renovación del pasaporte.
Además, él debe averiguar su estado civil a través del portal Fast It, el cual debe estar actualizado ante la administración italiana. Por lo tanto, los documentos relativos a acontecimientos (matrimonio, nacimiento de hijos, divorcio, etc.) que no se produjeron en Italia deberán ser presentados en la Oficina Consular o en el Municipio italiano competente. A tal fin se ruega consultar la sección Estado Civil .
Los ciudadanos italianos residentes en las provincias de Guayas, Santa Elena, Los Ríos, Bolívar, Cañar, El Oro, Loja, Morona Santiago, Zamora Chinchipe e Galápagos podrán presentar la solicitud de pasaporte en el Consulado Honorario en Guayaquil (La Red Consular).
Las citas para solicitar el pasaporte se reservan únicamente a través del portal Prenot@mi
REQUISITOS PARA SOLICITAR PASAPORTES
A. Pasaporte para el ciudadano italiano mayor de edad, se deberá presentar la documentación en este orden:
- Pasaporte anterior (original y copia a color) o en caso de ser el primer pasaporte, cédula de identidad ecuatoriana (original y copia a color). En caso de pérdida o robo del pasaporte se deberá presentar la respectiva denuncia a las autoridades ecuatorianas; las copias de todos los documentos de identidad y pasaportes deben ser realizadas en una sola hoja;
- Solicitud de pasaporte llenada y firmada;
- UNA fotografía actual – Descargar características de la foto ;
- Recibo original de depósito por el costo del pasaporte (Tarifa Consular – Art. 27) – ¿Cómo hacer el depósito?
Se informa a los ciudadanos italianos, padres de hijos menores de edad, que a partir del 14 de junio de 2023 ya no será necesario presentar el acta de consentimiento del otro progenitor para efectos de la expedición de su documento de identidad (Pasaporte y CIE – Cedula de Identidad Electrónica), conforme al Decreto Legislativo 69/2023. Específicamente, el nuevo artículo 3-bis de la Ley 1185/1967 indica que, cuando exista un peligro concreto y actual de que por el traslado al extranjero éste pueda evadir el cumplimiento de sus obligaciones con sus hijos, será posible para el otro progenitor solicitar una medida cautelar a la expedición del documento. La demanda se puede presentar ante el juez competente en el Tribunal ordinario en el que el menor tenga su residencia habitual o, si el menor es residente en el extranjero, en el Tribunal en cuyo distrito se encuentre el Municipio de inscripción al A.I.R.E. (Registro de los Italianos Residentes en el Extranjero). Para los efectos de la emisión de documentos para menores, en cambio, se mantiene la obligación del consentimiento firmado por ambos padres o por quienes ejerzan la patria potestad.
B. Pasaporte para el ciudadano italiano menor de edad, se deberá presentar la documentación en este orden:
- Presencia obligatoria de ambos padres con original y copia del documento de identidad (pasaporte italiano en el caso de ciudadanos italianos o cédula de identidad ecuatoriana en el caso de ciudadanos ecuatorianos). En caso de que uno de los padres del menor resida en otro país deberá dar su consentimiento a la emisión del pasaporte en la “Questura” en Italia o el Consulado Italiano de su país residencia y solicitar el envío por Correo Electrónico Certificado a esta Embajada;
- No se requiere la presencia de menores de 12 años de edad;
- Pasaporte italiano anterior del menor (original y copia a color) y en caso de doble ciudadanía Cédula de Identidad ecuatoriana del menor EXPEDIDA EN LOS ÚLTIMOS 6 MESES (original y copia a color); en caso de pérdida o robo del pasaporte italiano, denuncia presentada a las autoridades locales competentes;
- Se deben presentar copias de los documentos para cada uno de los hijos. Las copias de todos los documentos de identidad y pasaportes deben hacerse en una sola hoja;
- Solicitud de pasaporte llenada con los datos del hijo y firmada por los dos padres;
- UNA fotografía actual – Descargar características de la foto ;
- Recibo original de depósito por el costo del pasaporte (Tarifa Consular – Art. 27) – ¿Cómo hacer el depósito?
C. Pasaporte para el ciudadano italiano RELIGIOSO-MISIONERO, se deberá presentar la documentación en este orden:
- Pasaporte anterior (original y copia a color) o en caso de ser el primer pasaporte, cédula de identidad ecuatoriana (original y copia a color). En caso de pérdida o robo del pasaporte se deberá presentar la respectiva denuncia a las autoridades ecuatorianas; las copias de todos los documentos de identidad y pasaportes deben ser realizadas en una sola hoja;
- Solicitud de pasaporte llenada y firmada;
- UNA fotografía actual – Descargar características de la foto ;
- DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ECUATORIANA en la cual resulte que el solicitante es Religioso–Misionero en servicio en Ecuador.
D. Primer pasaporte para ciudadanos residentes en Italia:
Los ciudadanos que obtuvieron la ciudadanía en Italia, por residencia o por matrimonio y que por alguna razón debidamente justificada abandonaron el territorio italiano sin solicitar previamente su pasaporte, deberán hacer llegar, por Courier, a:
“PRIMO PASSAPORTO – RESIDENTE IN ITALIA”
OFICINA CONSULAR
EMBAJADA DE ITALIA
Calle La Isla N 26-25 y Humberto Albornoz
170521 – QUITO
Los siguientes documentos:
- Solicitud de pasaporte llenada y firmada, indicando la dirección de residencia en Italia;
- UNA fotografía actual – Descargar características de la foto ;
- Recibo original de depósito por el costo del pasaporte (Tarifa Consular – Art. 27). ¿Cómo hacer el depósito?
La cita será comunicada por la Oficina Consular en cuanto se tenga la autorización (“Nulla Osta”) de la “Questura” competente. Se recalca que el tiempo para la expedición puede resultar más largo, dado que es necesario adquirir la citada autorización.
NOTA: las solicitudes incorrectas o incompletas no serán tratadas.
E. Consentimiento para emisión de pasaportes (a favor de ciudadanos menores de edad residentes en Italia o en otros países)
El acta de consentimiento es una declaración personal de los padres de un ciudadano italiano menor de edad con el cual se autoriza la emisión del pasaporte de su hijo o de sus hijos menores de edad.
Los padres extranjeros residentes en Ecuador que deben emitir un acta de consentimiento a favor de ciudadanos menores de edad residentes en el exterior deben presentarse personalmente, tomando una cita en el sistema Prenot@mi para NOTARIA, con original y copia de color de su documento de identidad (cédula o pasaporte), copia de la cédula del destinatario del consentimiento, Módulo completamente llenado, sin fecha ni firma y el recibo original del depósito del costo respectivo (Tarifas Consulares – Art. 19) ¿Cómo hacer el depósito?
Si el progenitor ausente es ciudadano italiano, podrá presentar el acta de consentimiento descargando el formulario antes mencionado y haciéndolo llegar a quien le concierne, debidamente llenado y firmado, adjuntando una copia de su pasaporte en la que se pueda identificar claramente su firma.
F. Declaración para menores de 14 años (solamente si NO viajan junto con al menos uno de sus padres)
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