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Licencias de Conducir

CERTIFICADO DE RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR ITALIANA

La solicitud de renovación de la licencia de conducir italiana puede ser presentada por los ciudadanos italianos residentes en Ecuador y registrados al A.I.R.E.* (Registro de los Italianos Residente en el Extranjero), por los ciudadanos italianos domiciliados en Ecuador desde por lo menos 6 (seis) meses y por los ciudadanos extranjeros establemente residentes en Ecuador.

*Si su dirección de residencia no se encuentra actualizada, deberán actualizarla siguiendo las instrucciones presentes en la página WEB de la Embajada:
https://ambquito.esteri.it/es/servizi-consolari-e-visti/servizi-per-il-cittadino-italiano/registro-civil-a-i-r-e/

Para obtener la confirmación de la validez de la licencia de conducir italiana, la misma debe ser caducada desde hace no más de 5 años y no debe ser incluida dentro de los casos previstos por el Art. 119, párrafos 2-bis y 4 del Código de Circulación (licencias de conductores que padezcan diabetes o cuya aptitud psicofisica deba ser certificada por comisiones médicas especiales).

Las licencias de categoría A y B se renuevan por un período de 10 (diez) años si los titulares son menores de 50 años, por 5 (cinco) años si los titulares son mayores de 50 años y por 3 años para quienes hayan cumplido los 70 (setenta) años de edad.

Para reservar una cita acceder al portal Prenot@mi

REQUISITOS:

1 – Certificado médico otorgado por el médico de confianza de la Embajada:

Dr. Michele UGAZZI
Centro Materno Infantil
Humboldt N 31-117 y Coruña, QUITO
Tel. 2551-262 / 2554-118 / 2903-348, Cel. +593 999733500
Email: mugazzib@gmail.com

2 – una fotografía que será aplicada al citado Certificado, la cual tiene que será refrendada por el médico;

3 – licencia de conducir italiana en original y copia a color en formato A4;

4 – copia a color del pasaporto (solo páginas con foto, datos y firma del titular);

5 – recibo original del depósito efectuado en el Banco Pichincha de la tarifa consular vigente: Art. 66D, consultable al siguiente link:
https://ambquito.esteri.it/es/servizi-consolari-e-visti/servizi-per-il-cittadino-italiano/tarifas-consulares-of/

SE RECUERDA QUE:

– aquellos que renueven su licencia de conducir italiana en una Oficina Consular en un país NO perteneciente a la Unión Europea tienen la obligación, dentro de los 6 (seis) meses posteriores a la adquisición de su residencia en Italia, de renovar la licencia según el procedimiento ordinario previsto en el párrafo 8 del Art. 126 del Código de Circulación, incluso si la renovación realizada en el Consulado italiano sigue siendo válida;

– será necesario guardar siempre el certificado de renovación junto con el permiso de conducir y, en particular, mostrarlo para efectuar la visita médica para la confirmación de la validez en Italia, a fin de probar, al médico examinador, la renovación en el extranjero y, por lo tanto, demostrar la ausencia de períodos de no conducción.

Información general (disponible en italiano e inglés)