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Legalización de traducciones

 

Legalización de traducciones

AVISO IMPORTANTE

Informamos a los usuarios que a partir del 1º de septiembre de 2023 la legalización de las traducciones realizadas por los Traductores Oficiales de referencia de esta Embajada deberá realizarse exclusivamente mediante apostilla y no más en la Sección de Legalizaciones de esta Embajada (Convención de La Haya de 1961).

Por tanto, los usuarios, una vez obtenida la traducción del documento original, ya previamente apostillado, deberán solicitar el reconocimiento de la firma del Traductor en las Notarías que les serán indicados por los citados. Posteriormente, deberán obtener la apostilla de la traducción en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador, siguiendo las instrucciones que se pueden consultar en el siguiente enlace:

https://www.gob.ec/mremh/tramites/emision-apostilla-legalizacion-documentos#contacto 

Se reitera que los documentos locales originales siempre deben ser apostillados antes de ser traducidos.

Las traducciones de los documentos relativos al Estado Civil y a las Declaraciones de Valor, que luego serán presentados en las Oficinas de esta Embajada para tramitación del respectivo expediente, seguirán siendo legalizadas directamente por las citadas Oficinas.

Más informaciones: legalizzazioni.quito@esteri.it 

 

Información general  (disponible en italiano e inglés)

 

 


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